Para evitar el desabastecimiento en el mediano plazo, la #SUNDECOP debe apoyar tecnológica y financieramente a las medianas, pequeñas y micro empresas, mientras que por su lado estas empresas deben atender sistemáticamente los requerimientos de la Ley para evitar el desabastecimiento en el país en el mediano plazo.
Y si los grandes ven el escenario, deberían apoyarlos también.
En estos días, he participado en muchas conversaciones sobre la Ley de Costos y Precios Justos. Mi percepción es que las preocupaciones derivadas del tema entre los empresarios, ciudadanos de a pie, trabajadores y funcionarios públicos están centradas en si esta la Ley genera desabastecimiento o no?, deberemos o no abastecernos para una especie de corrida de desaparición de alimentos y productos en Venezuela?
Para adelantar líneas de pensamiento sobre el análisis económico referido al tema, debemos considerar que el mecanismo de control de costos y definición de precios establecido en la Ley, es una copia del sistema establecido para la definición de tarifas o precios de servicios o empresas con monopolios naturales.
Este es el caso de un peaje, dónde no hay otra empresa que ofrezca el mismo servicio a otro precio, o una empresa de comercialización eléctrica, o el servicio de aseo o acueducto, así también el gas y otros tantos espacios de concesiones que existen en cualquier país del mundo.
Suponiendo que este un sistema de control de costos y precios, y que no termine por utilizarse como un típico sistema de control de precios, entonces el sistema consiste en 3 tipos diferentes, y excluyentes entre sí, de acuerdos:
Si el precio se basa en la estructura de la gran empresa entonces desaparecerá el micro empresario, y si es en base a la estructura del micro, entonces es una forma de reconocer "la plusvalía", "el know how" así como otros conceptos "filosóficamente" negados.
Y si los grandes ven el escenario, deberían apoyarlos también.
En estos días, he participado en muchas conversaciones sobre la Ley de Costos y Precios Justos. Mi percepción es que las preocupaciones derivadas del tema entre los empresarios, ciudadanos de a pie, trabajadores y funcionarios públicos están centradas en si esta la Ley genera desabastecimiento o no?, deberemos o no abastecernos para una especie de corrida de desaparición de alimentos y productos en Venezuela?
Para adelantar líneas de pensamiento sobre el análisis económico referido al tema, debemos considerar que el mecanismo de control de costos y definición de precios establecido en la Ley, es una copia del sistema establecido para la definición de tarifas o precios de servicios o empresas con monopolios naturales.
Este es el caso de un peaje, dónde no hay otra empresa que ofrezca el mismo servicio a otro precio, o una empresa de comercialización eléctrica, o el servicio de aseo o acueducto, así también el gas y otros tantos espacios de concesiones que existen en cualquier país del mundo.
Suponiendo que este un sistema de control de costos y precios, y que no termine por utilizarse como un típico sistema de control de precios, entonces el sistema consiste en 3 tipos diferentes, y excluyentes entre sí, de acuerdos:
- La empresa dice cuanto cuenta hacer lo que hace, y si la regulación está de acuerdo en los costos, se negocia una utilidad razonable,
- La empresa muestra su plan de inversiones, se compromete a realizarlo a cabalidad ante el regulador y se negocia una Tasa Interna de Retorno razonable.
- Finalmente, si se realiza una fijación de precio por largo tiempo, se espera que la empresa mejore sus costos para mejorar su utilidad sobre ventas o capital.
Si estos principios de acuerdo, no se toman como excluyentes entre sí, entonces se generan una serie de problemas adicionales en la gestión de este tipo de regulaciones, tales cómo:
- Si se fija rentabilidad razonable fija, entonces la empresa tndrá, para crecer en su utilidad, una única vía, encarecer su estructura de costos, de manera de seguir rentando el % razonablemente definido, pero sobre una estructura de costos más cara.
- Otro caso, se fija el precio, basado en la estructura de costos, la pregunta es, ¿en base a cuál estructura de costos se fija el precio de mercado?,La mega-empresa con la mejor eficiencia? o el de un micro-empresario que tiene que pagar por local, tercerizar transporte, siendo menos eficiente?
Estas son algunas de las razones de por qué este tipo de controles se utiliza básicamente para regular monopolios naturales. Porque su aplicación tiende a prácticas de fortalecimiento de las empresas más eficientes, de mayor capacidad de gestión, dejando a los medianos, pequeños y micro comerciantes, productos y empresarios sin posibilidades de adaptarse a los efectos favorables que obtienen los grandes de este tipo de medidas.
Regresando a nuestro análisis sobre si se debe esperar desabastecimiento o no. Podemos decir que si las medidas son aplicadas sin determinación de un criterio homogéneo, bien sea en torno a la utilidad, al precio o a la estructura de costos, y se toman indistintamente con discrecionalidad situacional de los funcionarios, entonces se iniciarán la corrientes económicas que favorecen a los más grandes del país.
Escenario que aparenta ser una corriente pro-capitalista regulada por el estado, al más puro estilo del capitalismo de cogollos.
Se debe considerar que el universo de empresas del país, no son sólo grandes productores e importadores y un grupo de comerciantes que le compran a los grandes. Se debe mirar que existen medianos y pequeños productores e importadores que buscan espacios para competir con los grandes, en localidades no atendidas, con productos y servicios especializados.
En Venezuela, existe competencia asimétrica, cada empresa haciendo lo mejor que hace y no tratando de hacer lo que hacen todos. Lo que lleva a las estructuras de costo sean infinitamente diferentes entre sí.
Si esta tendencia de proliferación monopólica descrita, que genera la mala utilización de estos mecanismos se hace presente en nuestro país, podríamos esperar una mortandad de medianos, pequeños y micro negocios, dejando paso solamente a las macro-empresas, las cuales consolidarán su preponderancia en los mercados que atienden, más fuertes comercialmente, pero más débiles de "expropiarse"
Luego de esa primera corriente, en ese escenario, es que la microeconomía hará su efecto. Para los grandes, en situaciones de precio fijo y a utilidad constante, le será más conveniente vender menos, en ubicaciones cercanas, sin complejidades de distribuciones a ubicaciones lejanas, de mayor riesgo por el transporte, la inseguridad y finalmente todo lo que involucra vender al mismo precio en todos los rincones de la geografía.
Entonces una empresa profesional, como lo son, buscará acuerdos para resolver los conflictos y mitigar los riesgos de "expropiación por no ayudar a ..." entonces venderán a los mecanismos de distribución público esos bienes, generando cada vez más "hegemonía en la distribución".
En este análisis argumentativo, la conclusión, es que si las empresas no se toman seriamente la gestión de esta ley, colaborarán en su propia extinción, las grandes empresas subsistirán, están preparadas y tienen los recursos disponibles para resolver, pero serán cada vez más atractivas para "controlarlas".
Por otro lado, en manos de la SUNDECOP quedará la aplicación con criterio de la Ley para lograr acuerdos de crecimiento, expansión, así como el incentivo al mejoramiento de las estructuras de costos vigentes. Se espera ver homogeneidad de criterio en la aplicación de la Ley, así como disposición sistematizada para apoyar tecnológica y financieramente a los medianos, pequeños y micro empresarios.
Si se deja al sistema interactuar caóticamente, la conclusión será desabastecimiento leve en el corto- mediano plazo, pero intenso en el largo-mediano plazo.
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