sábado, 10 de diciembre de 2011

EJEMPLO DE LAS PROPENSIONES MONOPÓLICAS QUE INDUCE LA LEY DE COSTOS Y PRECIOS JUSTOS

En este artículo se evidencia la organización, los recursos y la capacidad de gestión que por ejemplo una empresa como Polar requiere para hacerle frente a la Ley de Precios y Costos Justos. Por otro lado, en el análisis cualquiera puede decir pero no todas las empresas requieren tanto tiempo y recursos como Polar, ellos son los más grandes. 


Lo importante es ver que solo el 18,6% de las empresas cumplió con las exigencias de las SUNDECOP, estas son las empresas con mayor capacidad de gestión y recursos dentro del universo de 35 mil empresas consideradas en este "Primer Grupo de Productos". 


Las otras 28 mil 500 no contaron con la capacidad o atención necesaria para cumplir el lapso. 


Qué sucederá ahora?, lo que ya sabemos, esas más débiles, en caso que la SUNDECOP haga lo que ha prometido, multará a esas empresas, lo que agregará costos  a sus operaciones, lo que las llevará a ser más ineficientes. 


En el segundo paso, las estructuras de costos analizadas serán las de las empresas mejor equipadas, con mayor gestión.  Por lo que podemos esperar precios que para las no registradas, o más débiles, serán imposibles, al menos muy al límite de sus negocios, realizando diferencias de utilidad entre ambos grupos de empresas. 


Esta situación beneficiará a los grandes, mientras que las medianas y pequeñas, mientras tanto, no comercializarán, o en su lugar tratarán de migrar a otros rubros de productos que no estén regidos por la Ley de Costos y Precios Justos. Cuánto tiempo tendrán?


Si este proceso se repite indefinidamente, en cada vuelta o providencia, tendremos otro porcentaje, quizás, y a sí lo deseo, menor al 81,4% de las empresas que no llegará a cumplir con los requerimientos, multados o simplemente desaparecidos.


No olvidemos que la Ley en sus considerandos habla del efecto protector necesario para las PyMEs que este instrumento busca establecer, protección al desarrollo de alternativas productivas nacionales, como la nombra.


La gran empresa e industria ganará la carrera, por su eficiencia. Y luego qué?


Si seguimos por este camino, al final sólo quedará una empresa con los límites de eficiencia requeridos, será una sola empresa la que estará obligada a satisfacer la demanda de insumos básicos nacional?, en qué punto la Superintendencia estará satisfecha? 


En mi opinión, la SUNDECOP debe colaborar con información, procurar apoyo financiero y tecnológico para la PyMEs, a través de programas específicos, en uso de sus vinculaciones con el Sistema Nacional de Administración de Costos y Precios, en donde se encuentran el SENIAT, CADIVI, MPPCIT, MPPI y otros.


Dejamos el artículo para su lectura.


Ley de Costos y Precios aumenta gastos de empresas


Por Daniela García - dgarcia@laverdad.com - Maracaibo - 10/12/2011 00:00 10



Organizaciones deben disponer de un personal dedicado exclusivamente a cumplir los procesos que establece la normativa. Hasta el 7 de diciembre, de las 35 mil empresas obligadas a inscribirse en el registro de la Sundecop, solo seis mil lo lograron

La nueva Ley de Costos y Precios Justos, a través de la cual el Ejecutivo fijará los montos de venta de productos de 19 categorías, no solo controla las ganancias de las empresas, sino que aumenta los gastos asociados a sus operaciones.

Carlos Larrazábal, presidente de la Confederación Nacional de Industriales (Conindustria), asegura que las organizaciones deben disponer de todo un personal adicional dedicado exclusivamente a cumplir los procesos que establece la normativa.

Solo en el caso de Polar, se habilitaron 32 empleados, que dedicaron cinco mil 568 horas hombres, para cumplir con el requisito obligatorio de registrarse en el sistema de la Superintendencia de Costos y Precios Justos (Sundecop).

El instrumento legal obliga a las empresas a inscribirse en el Registro Nacional de Precios de Bienes y Servicios, para lo cual deben presentar toda la información relacionada con los costos de las actividades que realizan.

Pero el sistema de la Sundecop "es muy rígido", pues solo permite declarar los costos directos de las empresas, mas no el total de los gastos que implican sus procesos.

Larrazábal advierte que las conclusiones que se sacarán para determinar los precios de los productos no serán "valederas", pues "no son propicias para hacer cálculos razonables".

Las empresas sujetas a inscribirse son las que producen, importan, transforman, distribuyen y comercializan compotas, agua mineral, jugos pasteurizados, pañales desechables, champú, enjuagues, desodorantes, jabón de baño y de panela, afeitadoras, papel higiénico, toallas sanitarias, crema dental, enjuagues bucales, cloro, ceras para pisos, detergentes, lavaplatos, limpiadores, desinfectantes y suavizantes de ropa.

Las más afectadas

Carlos Fernández, presidente del Consejo Nacional del Comercio y los Servicios (Consecomercio), explica que las empresas pequeñas son las más afectadas, pues son las que no tienen la posibilidad de correr con los gastos que implica la aplicación de la ley, como la contratación de un personal que se encargue de realizar los trámites.

El representante del gremio asegura que pese a la voluntad de cumplir con los procesos que establece la normativa, la mayoría de las organizaciones aún no puede inscribirse en el registro de la Sundecop.

Indica que hasta el 7 de diciembre, cuando venció el plazo para registrarse en el sistema de la superintendencia, de las 35 mil empresas obligadas a hacer el proceso, sólo seis mil lo lograron.

Las fallas del sistema hicieron que 29 mil organizaciones no pudieran cumplir el procedimiento, por lo que corren el riesgo de ser sancionadas con multas hasta por 23 mil bolívares fuertes, equivalentes a 15 salarios mínimos.

La aplicación de las sanciones por no inscribirse en el registro de la Sundecop podría generarle al Estado hasta 673 millones de bolívares fuertes.

Registro abierto

Aunque el miércoles venció el plazo para inscribirse en el Registro Nacional de Precios de Bienes y Servicios, las empresas que no cumplieron el trámite a tiempo, de igual manera deben acceder al sistema.

La Superintendencia de Costos y Precios Justos (Sundecop) indica que todas las organizaciones que producen, distribuyen o comercializan bienes de las 19 categorías congeladas por el Estado deben hacer los procesos en vista de que el registro es permanente.



Fuente: http://www.laverdad.com/detnotic.php?CodNotic=75583

viernes, 9 de diciembre de 2011

SOLO 18,6% DE LAS EMPRESAS LOGRO CONCRETAR SU REGISTRO EN EL #SISAP DE LA #SUNDECOP


Empresas dicen que Sundecop no validó todos sus costos

Sólo completaron el registro 6.500 de las 35 mil compañías que debían hacerlo





ROBERTO DENIZ |  EL UNIVERSAL
jueves 8 de diciembre de 2011  12:00 AM


La Superintendencia Nacional de Costos y Precios (Sundecop) no reconoció los denominados "costos indirectos" en la primera oleada de registro, según denunciaron los empresarios. 

Carlos Larrazábal, presidente de la Confederación Venezolana de Industriales (Conindustria), indicó que el formato electrónico de descarga de datos no permitió incluir las "contribuciones parafiscales", tales como las cargas impuestas en la Ley Orgánica de Ciencia y Tecnología (Locti). 

"En la página donde se vacían los costos no se reconocen todos los que tienen las empresas", afirmó Larrazábal. Explicó que en el formato tampoco está claro cómo será el "prorrateo" que realizarán las autoridades para medir el impacto que tiene la inversión en maquinaria en los distintos productos que elabore una industria. 

"Los costos indirectos no los acepta", agregó un empresario, que prefirió reservar su identidad. 

Anoche venció el plazo para que quienes producen o comercializan alguno de los 19 rubros congelados a finales de noviembre se inscribieran en el Sistema Automatizado de Administración de Precios (Sisap), creado por la Sundecop. 

Hasta la tarde de ayer se habían registrado 6.500 empresas. La cifra está muy por detrás de las 35 mil compañías asociadas a los 19 rubros, de acuerdo a los datos del Consejo Nacional del Comercio y los Servicios (Consecomercio). 

El testimonio de los empresarios coincidía en señalar que el proceso de registro a través de la web de la Sundecop fue "engorroso" y estuvo marcado por las fallas. Falta de información, retrasos en la emisión de la clave de registro y caídas del sistema fueron algunas de las quejas que más repitieron. 

"La plataforma no ha sido capaz de dar respuesta, de soportar la demanda de tantas empresas", sostuvo Víctor Maldonado, director de la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Caracas. 

"Todavía hay gente esperando el correo con la clave de registro", indicó un empresario del sector farmacéutico. 

La Sundecop modificó ayer algunos aspectos permitiendo a los usuarios registrarse con su propia clave o habilitando la posibilidad de que la información de los productos se hiciera masivamente y no individualmente como ocurrió en los primeros días de registro. 

Numerosos usuarios se quejaron ayer en la cuenta de Twitter de la Sundecop sobre las dificultades que estaban enfrentando para cumplir con el trámite.



FUENTE: http://www.eluniversal.com/economia/111208/empresas-dicen-que-sundecop-no-valido-todos-sus-costos

REQUERIMIENTO DE LA #SUNDECOP, SEGUNDA PARTE: CUESTIONARIO DE INFORMACIÓN TRIBUTARIA

Adicionalmente, en la solicitud se incluye EL CUESTIONARIO DE INFORMACIÓN FISCAL, el cual contiene la siguiente información.


1.     INFORMACIÓN GENERAL

1.1.           Razón Social de la Empresa:
1.2.           Denominación Comercial:
1.3.           No. de RIF:
1.4.           Domicilio Fiscal ( Incluya Punto de Referencia)
1.5.           Nro.(s) de Teléfono:
1.6.           Nro.(s) FAX:
1.7.           Correo electrónico:
1.8.           Actividad Económica Principal de la Empresa:
1.9.           Indique la Actividad Económica Secundaria:
1.10.       Ejercicio Fiscal según el Registro Mercantil:
1.11.       Código CIU:
1.12.       Indique la composición de la Junta Directiva y Accionistas. Detalle nombres, apellidos, número de cédula de identidad, cargo y domicilio. En caso de los accionistas, especifique número de acciones y valor presente de cada una de ellas.
1.13.       Señale el Capital Contable actual de la Empresa:
1.14.       Anexe el Organigrama estructural y funcional de la Empresa:


2.     DE LAS EMPRESAS RELACONADAS, AGENCIAS Y SUCURSALES
2.1.  ¿La Empresa posee Agencias y/o Sucursales?
2.2.  En caso de ser afirmativo, indique el número de Agencias y/o Sucursales:
2.3.  Dirección de las Agencias y/o Sucursales:
2.4.  ¿La Empresa forma parte de un grupo Empresarial?:
2.5.  En caso de ser afirmativo, indique el nombre de la Casa Matriz:
2.6.  ¿Es la Empresa Filial, Afiliada o Relacionado de otra Empresa?
2.7.  En caso de ser afirmativo, Indique el nombre de la Filial, Afiliada o Relacionada:
2.8.  ¿LA Empresa ha sido objetivo de fusión?
2.9.  En caso de ser afirmativo, indique el tipo de fusión:

3.     DEL INVENTARIO
3.1.         Indique la frecuencia de sus compras, Responden sus compras a una planificación efectuada o a su política de ventas. Si posee planificación de compra indique sus bases.
3.2.         Indique por criterio territorial el origen de sus compras.
3.2.1.    En el caso de ser Nacional. Indique sus proveedores, tipo de mercancía, volumen en unidades y Bs. de adquisición a cada proveedor.
3.2.2.    En caso de ser internacional: Indique sus proveedores, tipo de mercancía, volumen en unidades. Y forma de pago: CADIVI, Permuta, SITME, Convenio Sucre, ALADI u otras (especifique)
3.3.         Usa un sistema específico para el control de inventario, en caso de ser afirmativa su respuesta indique ¿Cuál Sistema maneja para el Control del Inventario?
3.4.         Indique la logística de manejo y almacenaje de sus inventario. Política de Ventas y contables de distribución.
3.5.         Indique el método de valuación utilizado en el inventario. Si no tienen un método definido muestre la metodología para determinar el valor del mismo.
3.6.         Indique la frecuencia con que valora su inventario.
3.7.         En caso de haber modificado el método de valoración de inventario, indique fecha del cambio y método de valoración anterior.
3.8.         Indique el monto mensual de Comoras nacionales e importaciones incluidas en inventario, para los períodos julio 2010/diciembre 2010/julio 2011/ octubre 2011.
3.9.         ¿Dentro de los períodos a revisa, ha sufrido merma o ha incurrido en destrucción del inventario o de bienes?
3.10.      ¿Dentro de los períodos a revisar, ha sufrido siniestros o robos del inventario de bienes?
3.11.      Indique la forma de registrar contablemente la mercancía dañada o vencida.

4.     DE LA NATURALEZA CONTABLE DE SUS EGRESOS
4.1.  Identifique el sistema de Acumulación de Costos Usado, Si no utiliza ningún métodos conocido, indique ¿cuál método utiliza?
4.2.  Identifique Costos Fijos y Variables, Indique criterio para su clasificación y Montos, en los períodos julio 2010/diciembre 2010/julio 2011/ octubre 2011. (Anexe el detalle en formato Excel)
4.3.  Identifique Costos Indirectos. Indique criterio para su clasificación y sus montos, en los períodos julio 2010/diciembre 2010/julio 2011/ octubre 2011. (Anexe el detalle en formato Excel)
4.4.  ¿Cómo distribuye sus costos en los productos que comercializa?
4.5.  Identifique Gastos Generales, de Administración, Ventas y Otros en los períodos julio 2010/diciembre 2010/julio 2011/ octubre 2011. Indique criterio para su clasificación y sus montos. (Anexe el detalle en formato Excel)
4.6.  Indique el número de empleados que laboran en su empresa, mostrando nombre, cédulas, sueldos mensuales y ubicación administrativa.
4.7.  ¿Qué sistema contable emplea?
4.8.  ¿Usa un sistema específico para la determinación del costos?

5.     DE TRANSFERENICA DE TECNOLOGÍA
5.1.  Indique si su proceso productivo implica el pago de patentes, regalías, asistencia técnica o servicios tecnológicos. En caso de ser afirmativo indique concepto del pago, perceptor y monto.

Hay que recordar que la solicitud viene oficiada por el SENIAT y debe ser respondida en 3 días.



REQUERIMIENTO DE LA #SUNDECOP, PRIMERA PARTE


Durante el primer proceso de registro definido por la superintendencia, se realizó una solicitud de información a las empresas, la cual fue oficiada por el SENIAT, estableciendo un lapso máximo de 3 días para entregar la siguiente información:

  1. Fotocopia del Registro Mercantil y sus tres (03) últimas modificaciones (si las hubiere).
  2. Fotocopia del Registro Único de Información Fiscal (RIF)
  3. Fotocopia del Balance General a Diciembre 2010, Julio 2011; octubre 2011 en físico y digital.
  4. Fotocopia del Estado de Ganancias y Pérdidas a Diciembre 2010, Julio 2011; octubre 2011, en físico y digital.
  5. Fotocopia del Estado de Costo de Producción al 31/10/11, en físico y digital.
  6. Fotocopia del Estado de Movimiento de Patrimonio al 31/10/11, en físico y digital.
  7. Fotocopia del Estado de Flujo de Efectivo al 31/10/11, en físico y digital.
  8. Fotocopia del Balance de comprobación detallado para los meses julio 2010, diciembre 2010, octubre 2011, en físico y digital.
  9. Código de Cuentas Contables, en físico y digital.
  10. Fotocopias de las Notas de los estados financieros auditados (si los posee)
  11. Listado de Proveedores nacionales e internacionales, en físico y digital.
  12. Listado de empresas relacionadas, en físico y digital.
  13. Organigrama de la empresa, en físico y digital (estructural y funcional)
  14. Diagrama de Procesos Productivos.
  15. Fotocopias de diez (10) facturas de venta realizadas durante los períodos  julio 2010, diciembre 2010, julio 2011 y octubre 2011, correspondientes al (los) producto (s) que se señalan a continuación: (acá se incluye una lista de los productos contenidos en la providencia que la empresa produce o comercializa)
  16. Fotocopias de diez (10) facturas de compra que conforman las materias primas para la elaboración o los productos para la comercialización de los productos identificados en el ítem anterior, realizadas durante los períodos  julio 2010, diciembre 2010, julio 2011 y octubre 2011.
  17. Si la compras señaladas en el ítem anterior fueron realizadas en el exterior y sus pagos se efectuaron a través de CADIVI, suministrar copia de un RUSAD 003, 004 y 005 por cada proveedor, de operaciones efectuadas durante los períodos julio 2010, diciembre 2010, julio 2011 y octubre 2011.
  18. Nómina de personal de los períodos julio 2010, diciembre 2010, julio 2011 y octubre 2011 ( detalle número de trabajadores, nombre, ubicación administrativa, sueldo)
  19. Detalle de gastos erogados por concepto de mano de obra que no esté vinculada con el proceso productivo, durante los períodos julio 2010, diciembre 2010, julio 2011 y octubre 2011, en físico y digital.
  20. Inventario de mercancías ( materia prima, productos en proceso y productos terminados) de los períodos julio 2010, diciembre 2010, julio 2011 y octubre 2011.
  21. Listado de productos que comercializa la empresa, con todas sus especificaciones ( indicando tipo de presentación, costo unitarios y precio de venta).
  22. Fotocopia del Libro de entrada y salida de mercancías del inventario de los períodos julio 2010, diciembre 2010, julio 2011, octubre 2011.
  23. Fotocopia de conciliaciones bancarias de los períodos Julio 2010, diciembre 2010, julio 2011 y octubre 2011, en físico y digital.
  24. Detalle de Gastos de Flete y Seguro de la mercancía adquirida durante los períodos Julio 2010, diciembre 2010, julio 2011 y octubre 2011.
  25. El cuestionario de información tributaria lleno… eso lo disponemos en la parte 2.
La empresas deben ir organizando su información.



martes, 6 de diciembre de 2011

Superintendente de Costos #SUNDECOP: Ley de Precios democratiza el acceso a servicios

Fuente: AVN, http://www.avn.info.ve/contenido/superintendente-costos-ley-precios-democratiza-acceso-servicios


Caracas, 06 Dic. AVN.- La superintendente nacional de costos, Karlin Granadillo, aseveró este martes que la Ley de Costos y Precios Justos está enmarcada en la Constitución y promueve la democratización del acceso a los bienes y servicios.

"En la medida en que los precios van aumentando se excluye a parte de la población que deja de tener la posibilidad de adquirir estos bienes y servicios; y la Ley busca garantizar que no se pierda este derecho, sino que toda la población tenga acceso a éstos", explicó en entrevista con la televisora Venevisión.
Descartó que con la aplicación de la nueva legislación se comprometan los derechos del sector productivo, ya que dicha normativa tiene por objetivo lograr la eficiencia económica.
"No sólo se piensa en beneficiar a las personas, sino también a las pequeñas, medianas y grandes empresas que hacen vida en el país. Mientras más información tenga el Estado, le será posible diseñar mejores políticas de desarrollo para el sector industrial", enfatizó.
Granadillo aclaró que la Superintendencia reconocerá la inversión publicitaria de la estructura de costos e indicó que esta institución no elimina ni prohíbe costos, "simplemente hay costos reconocidos y no reconocidos; y la publicidad es parte del proceso productivo, es un mecanismo para dar a conocer los productos, bienes y servicios que existen en el mercado".
Procesamiento de datos
Asimismo, recordó que luego del proceso de inscripción de las empresas en el Registro Nacional de Precios de Bienes y Servicios, que concluye este miércoles 7 de de diciembre a las 12:00 de la noche, se procederá a procesar las informaciones y datos recolectados.
"Ahora comienza el trabajo de ingeniería informática con toda la data recolectada, tanto por las auditorías que se hicieron a través de la fiscalización, como por la información que ha sido suministrada por las propias empresas, durante el proceso de registro", expuso.
La Superintendente destacó que, gracias a la utilización de paquetes estadísticos y herramientas informáticas, se podrá realizar en corto plazo el análisis de la estructura de costos para determinar los nuevos precios justos, que entrarán en vigencia en el mercado en enero de 2012. (subrayado del HackerGerencial)
Anunció que al terminar el proceso de fiscalización en las empresas productoras y comercializadoras de alimentos y artículos de higiene personal, se iniciarán las auditorías en el área de medicamentos, "ya que involucra la salud y vida de las personas", dijo.

CONVOCATORIA 2012 (PEII) HASTA EL 22 DE DICIEMBRE


(Caracas, 30/11/2011).- El Ministerio del Poder Popular para Ciencia y Tecnología, a través del Observatorio Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Oncti), cumpliendo con las políticas emanadas por el Gobierno Revolucionario en la búsqueda de la soberanía e independencia científico tecnológica abrió el pasado 18 de noviembre la Convocatoria 2012 del Programa de Estímulo a la Innovación e Investigación (PEII) hasta el próximo 22 de diciembre de 2011.

Quienes deseen participar en el Programa de Estímulo a la Innovación e Investigación (PEII) deberán inscribirse en el Registro Nacional de Innovación e Investigación (RNII), disponible en el portal web www.oncti.gob.ve. en http://bit.ly/sZXXsh
Luego de registrados los(as) aspirantes podrán consignar la totalidad de sus recaudos en formato digital y físico hasta el 22 de diciembre en las Unidades Territoriales del MCT de cada uno de los estados y en las oficinas del Oncti en el caso de Vargas y Distrito Capital.
Para aquellas personas que desarrollan actividades tecnológicas o innovativas, el módulo de innovación en el Registro Nacional de Investigación e Innovación será abierto en los próximos días.
En su primera convocatoria el Programa de Estímulo a la Innovación e Investigación (PEII) contó con ocho mil ochocientos tres (8.803) aspirantes y un total de siete mil setecientos veintitres (7.723) acreditados de todo el país, en las áreas de Biología y Salud, Humanidades, Artes y Educación, Ciencias Agrias, Tecnología de los Alimentos y Ambiente, Ingeniería, Arquitectura y Urbanismo, Física, Química y Matemática, Energía y Petróleo, Ciencias de la Tierra, Ciencias Económicas y Sociales y Tecnología e Innovación.
El Programa de Estímulo a la Innovación e Investigación (PEII) fomenta y estimula la innovación y la investigación básica y aplicada, vinculada con las necesidades socio-productivas y a la generación de conocimientos útiles al país.
El programa se lleva a cabo mediante la instrumentación de un sistema de acreditación y la posibilidad de financiamiento de proyectos, contemplando incentivos que conocen y valoran los resultados de las investigaciones y desarrollos tecnológicos, llevados a cabo por investigadores e investigadoras, innovadores e innovadoras.
Para mayor información acerca del Programa de Estímulo a la Innovación e Investigación (PEII), los interesados podrán consultar el reglamento y los criterios de evaluación disponibles en la página Web del Oncti.

Prensa Oncti

lunes, 5 de diciembre de 2011

El 7 de Diciembre vence plazo de inscripción para registro de empresas ante la #Sundecop


El plazo vence el día miércoles 7 de diciembre, vence el lapso para el registro ante el SISAP, Sistema Automatizado de Administración de Precios. Las empresas que se dedican a la producción, comercialización, distribución e importación de bienes de higiene personal, limpieza, jugos pasteurizados, agua mineral y/o compotas deben cumplir con el registro y evitar sanciones, según el portal de la SUNDECOP.

Miércoles, 30 de Noviembre de 2011 20:15

La superintendente de Precios y Costos, Karlín Granadillo, recordó que el 07 de diciembre vence el plazo para que las empresas que producen, distribuyen y/o comercializan los 19 rubros cuyos precios fueron regulados (la tercera semana de noviembre por el presidente Hugo Chávez) realicen su inscripción a través de la web: www.sundecop.gob.ve.

Los productos con precio regulado son: ceras, cloros, jabones y enjuagues de ropa, lavaplatos, desinfectantes, champús y enjuagues para el cabello, desodorantes, jabones de baño, afeitadoras, papeles higiénicos, toallas sanitarias, pañales desechables, cremas dentales y enjuagues bucales, además de envases de agua mineral y jugos de frutas pasteurizados.

Granadillo subrayó que la información para realizar el proceso de inscripción debe ser suministrada exclusivamente a través del portal web del organismo y que en esta primera fase, sólo se realiza la notificación de precios. Posteriormente, se llevará a cabo la notificación de costos.

La inscripción se realiza en 3 sencillos pasos:
  1. Ingresar al portal www.sundecop.gob.ve,
  2. Iniciar el registro en el Sistema Automatizado de Administración de Precios (SISAP) y
  3. Vaciar los datos requeridos por el sistema.
  4. Una vez que los sujetos de aplicación cierren el proceso de Notificación de Precios tendrán su Certificado de Registro en el portal.

Destacó además la Superintendente que el registro será por fases. En una primera fase se hará la notificación de precios en donde se solicitará información sobre los productos que comercializa, servicios que prestan y tipos de presentación de los productos (fase actual).

En la segunda fase se notificarán los costos de las empresas a través de información contable y financiera.

La información que se solicite será explicada mediante la Providencia administrativa respectiva.

En cuanto a las razones por las cuales pusiera ser negada la inscripción y actualización del registro, explicó que el incumplimiento de uno de los requisitos fijados por la Sundecop será suficiente para la negativa. “Se consideran causales para la negativa de inscripción y actualización de los sujetos de aplicación haber suministrado información falsa o insuficiente al Registro Nacional de Bienes y Servicios o haber sido objeto de inhabilitación temporal o suspensión de acuerdo con los términos de la providencia administrativa”.

Finalizó comentando que paralelamente a las fiscalizaciones que la Sundecop adelanta en Caracas y otras 30 ciudades del país, más de 400 empresas ya han iniciado su registro e inscripción a través del portal del organismo.
Cabe destacar, que a los fines de facilitar su registro, la Superintendencia de Costos y Precios Justos brinda asesoramiento técnico a las empresas, a través de los números telefónicos: (0212) 3938891 al 93.

Fuente: Sundecop 

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